15 Jul

Préstamos participativos

Tenia pendiente hacer un resumen de los aspectos más importantes que se comentaron en el First Tuesday de Madrid donde hablamos de préstamos participativos. Este post pretende ser un post vivo y abierto a aportar nuevos contenidos por cualquier persona.

En España las dos entidades que más están trabajando esta modalidad para invertir en emprendedores, son La Caixa con Emprendedor XXI y Caja de Ahorros de Navarra con Eurecan. También una entidad estatal, ENISA puede conceder préstamos participativos, como llevan haciendo desde 1995. De hecho en la actualidad se está cerrando uno con una empresa participada por Grupo ITnet.

Lo primero es definir conceptualmente las características del préstamo participativo:

  • La entidad financiera presta un dinero, que normalmente se va desembolsando conforme se consiguen unos hitos. Este dinero suele desembolsarse entre 2 y 4 veces, lo normal 2-3.
  • Estos hitos pueden ser ventas, facturación, audiencia, acabar un producto, conseguir N clientes, etc… Se pactan con los propios emprendedores en base a su business plan revisado a la baja.
  • Se firma un contrato con una fecha final en la cual la entidad financiera puede decidir (normalmente incluso antes) convertir ese préstamo en un % de la empresa. Suele ser de un periodo de entre 1 y 3 años. La Caixa casi siempre lo hace de 2 a 4 años.
  • El rango habitual de inversión de La Caixa es de 100.000 a 300.000 euros, CAN de 40.000 a 500.000 euros y Enisa de 100.000 a 1 millón de euros.
  • Se buscan inversiones en fases de capital semilla.
  • Los inversores no intervienen en la gestión, aunque pueden solicitar incluir una persona en el Consejo de Administración. Por ejemplo La Caixa siempre asigna un gestor que participa en el Comité de Dirección.

Beneficios de los préstamos participativos:

  • Da mucha imagen que te invierta una entidad como CAN o La Caixa, aunque sea en préstamo participativo. Esto puede generar beneficios colaterales en tu actividad comercial normal sobre todo en empresas de venta de servicios o tecnología.
  • Es una validación de tu proyecto, ambas entidades tienen expertos tanto en Internet como en temas financieros que comprueban la calidad y viabilidad de la empresa.
  • Puede abrirte la puerta de otros inversores en siguientes rondas, incluso para algún inversor es visto como una reducción de riesgos.
  • Pueden seguir invirtiendo en siguientes rondas si el proyecto es bueno (como han hecho en Privalia).

¿Como se determina el % de la empresa si convierten el préstamo en acciones?

  • Normalmente se firma en contrato el % o número de acciones en que se corresponde el dinero desembolsa. Esto siempre se predefine de forma anticipada y lógicamente se pacta entre los emprendedores y la entidad que presta el dinero.
  • Puede estar condicionado a unos determinados éxitos, por ejemplo si la empresa tiene una mayor facturación o mejor beneficio, el % de capital a ceder puede ser más bajo.
  • CAN suele prefijar el % y aunque entren socios a valoración superior, el contrato indica que tiene que desembolsarse N % de la empresa. Eso puede ser un problema en inversores en rondas posteriores, aunque la solución es reservar esas acciones y en caso de que no conviertan dejarlo en autocartera.
  • La Caixa suele prefijar un determinado nº de acciones, y podrían están dispuestos a diluirse si se obtienen una inversión con valoración superior. Aunque en las empresas que avanzan rápidamente claramente querrán convertir a capital antes de la siguiente ronda de inversión.

¿Que derechos piden las entidades financieras en los préstamos participativos?

  • Similares a las rondas de inversión de fondos de capital riesgo: permanencia de los emprendedores, exclusividad, importe máximo de la nóminas de los emprendedores (CAN no te exige esto por contrato), etc…
  • Derecho de veto a inversores de siguiente ronda (sobre todo para evitar que entre de socio otra entidad financiera). Esto puede ser un problema, hay casos donde la entidad financiera ha querido tener los mismos derechos con 100.000 € que el siguiente inversor de 1.000.000 € y eso ha provocado paralizar y romper la inversión de la siguiente ronda.
  • El objetivo es evitar abusos y la descapitalización de la empresa (vender la empresa o tecnología a un familiar, ampliaciones de capital a valor nominal, contratar a un familiar a alto coste, …).

¿Cuales son las características del préstamo? ¿Hay garantías personales?

  • En los préstamos participativos son préstamos sin garantías ni avales por parte de los emprendedores. Si la empresa fracasa y cierra, no se tiene que devolver el préstamo.
  • Pocas veces La Caixa invertirá en una empresa con un capital social de 3.000 euros, buscarán que haya una corresponsabilidad en la inversión por parte de los emprendedores.
  • Suele tener un tipo de interés de mercado (CAN puede llegar a Euribor + 0,75%).
  • Puede estar condicionado el pago a que la empresa esté en beneficios o en un determinado cash flow, adecuándose en función de la evolución de la empresa.
  • En muchos casos los intereses del préstamo pueden ir vinculados a los resultados de la empresa. Suele establecerse una parte fija de intereses y otra variable en función del éxito (con un límite).
  • Suelen ser a largo plazo (de 5 a 10 años), incluso en algunos casos de hasta 2 años de carencia.

¿Como son las negociaciones con las entidades que dan préstamos participativos?

  • CAN suele ser más rápida en responder una vez tienes toda la documentación. Tienen previstas unas 100 operaciones de prestamo participativo al año.
  • La Caixa tiene más recursos profesionales para atender a los emprendedores, pero son mucho más selectivos (firman unas 20 operaciones al año).
  • En algunos te casos te piden que encuentres algún business angel aprobado por ellos que coinvierta en la empresa (como fue el caso de la inversión de Grupo ITnet y La Caixa en Iris Experience).

Consejos para los emprendedores:

  • Reflexionar si realmente tu empresa necesita un inversor y el tipo de inversor que necesitas.
  • Dar entrada previamente a Business Angels ya que te permitirán negociar una mejor valoración y darán credibilidad a tu proyecto empresarial.
  • Contratar un abogado (tampoco hay que coger un crack que sea muy caro) para tener un asesoramiento profesional.
  • Hablar con otros emprendedores que hayan trabajado con esa entidad antes de firmar el contrato.
  • Negociar con las distintas entidades que ofrezcan esta alternativa de inversión.
  • Conocer bien las cláusulas anti-bloqueo para situaciones que no haya acuerdos entre los socios.
  • Los inversores, entre ellos las entidades financieras, NO invierten en autoempleo.
  • Analiza en que fase esta tu startup y si necesita un prestamo participativo (ideal poco después o a la vez que business angels).
  • Leer los aspectos a tener en cuenta en negociaciones entre emprendedores e inversores.
  • Leer otras recomendaciones para emprendedores.

Beneficios que han supuesto para el mercado que las Cajas de Ahorro estén financiando emprendedores a través de préstamos participativos (según Jesús Monleón):

  • Han dinamizado el mercado de Seed Capital / Capital Semilla.
  • Los fondos se resituan en distintos peldaños de inversión.
  • Se financian muchos más proyectos que no son típicos de capital riesgo.
  • Se dinamiza la inversión privada, dando solidez a coinversores.
  • Aumenta la comunicación sobre emprendedores, consiguiendo más espacio en prensa.

¿Como contactar con las entidades que ofrecen préstamos participativos? 

  • Equipo Eurecan (Caja de Ahorros de Navarra)
  • Formulario de Contacto de Emprendedor XXI (La Caixa)
  • Datos de contacto de Enisa

Información de algunos préstamos participativos realizados por La Caixa y Caja de Ahorros de Navarra:

He utilizado como recordatorio los posts escritos posteriormente por José Carlos Cortizo y Pedro Luis Robledo. Este artículo se va estrictamente en mi opinión personal, así que lógicamente cualquier información sobre las entidades mencionadas podría ser incorrecta o podría no haberme expresado correctamente.

P.D.: No debería haberse publicado este artículo a las 17h, ya que no estaba correegido ni completo, lo he actualizado a las 18h30′.

 

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Emprendedor e inversor en startups tecnológicas. Nuclio Venture Builder (Housfy, Eelp!, Finteca, Verone, ...). Encomenda Smart Capital (VC seed) Conector Startup Accelerator (Barcelona, Madrid, Galicia, Baleares) VP de Barcelona Tech City First Tuesday (Barcelona y Madrid) Nuclio Digital School Autor de “Los Principales Errores de los Emprendedores” Grupo ITnet, Akamon Entertainment, ...

    Comments

  1. 15 julio, 2008

    No sé a los demás, pero se me hace muy dificil leer un artículo sin acentos 🙁

    Responder
  2. Miguel Angel Ivars Mas
    15 julio, 2008

    Carlos, muchísimas gracias por el post, me es de gran utilidad.

    Solo una pregunta, ¿En qué momento o en que condiciones de la vida de una empresa recomendarías este tipo de financiación?

    Responder
  3. 15 julio, 2008

    Carlos, la CAN por lo que sé trabaja con otras cifras de las que comentas.

    Mírate si puedes los primeros minutos del vídeo Iniciador Barcelona donde Jordi Rosa de Eurecan habla un poco sobre el tema.

    Responder
  4. Axel Serena
    15 julio, 2008

    Excelente artículo. Es el mejor que he visto sobre el tema, aunque probablemente lo tendrás que ir corrigiendo/modificando sobre la marcha.

    Saludos
    Axel

    Responder
  5. 15 julio, 2008

    Hola Emmasuki

    Había escrito rápido, sin corregir nada, sin verificar y se posteo cuando en teoría lo tenía planificado para el día siguiente y quería haberlo corregido.

    Saludos

    Responder
  6. 15 julio, 2008

    Hola Axel

    Gracias por los comentarios, cualquier aportación adicional será bien recibida.

    Saludos

    Responder
  7. 15 julio, 2008

    Gran post, me ha resuelto muchas dudas.

    Responder
  8. 15 julio, 2008

    Hola Carlos,

    Muchas gracias por el enlace. La verdad es que has superado lo que es un resumen del First Tuesday, ya que has añadido bastante información complementaria. Gracias por el esfuerzo. Muy interesante.

    Un saludo!

    Responder
  9. 15 julio, 2008

    Gracias por la referencia, Carlos. Realmente te has currado un muy buen post, prácticamente una referencia práctica acerca de los préstamos participativos, que nos viene muy bien a todos.

    Responder
  10. 15 julio, 2008

    Gran trabajo y gran post. Me permito sugerir que siga vivo actualizándose, ya que puede ser un punto de referencia

    Sentí perderme el FT en el que se trató el tema. Es un magnifico resumen. Muy útil, Carlos.

    Me interesa mucho la labor que Caixa y CAN (especialmente estos últimos) están desarrollando, y creo que más entidades deberían subirse al carro (¿Dónde está Caja Madrid por ejemplo?) y que iniciativas como estas son imprescindibles en un país como este con poco apoyo financiero a las startups y más en estos momentos de mercado.

    Responder
  11. 15 julio, 2008

    Un post de mucha ayuda!

    Responder
  12. sk8
    15 julio, 2008

    Muy interesante Carlos. Gracias por compartir tus conocimientos con los que empezamos.

    Un saludo.

    Responder
  13. 16 julio, 2008

    Tenemos una discrepancia terminológica, lo que tu describes siempre le hemos llamado un préstamo convertible, en este caso con amortización personalizada, , siempre habíamos llamado préstamos participativos, los empecé a usar en los 80, a aquellos en los que la remuneración del préstamo (% de interés) está condicionada a los resultados de la empresa, luego fueron regulados por:
    – Real Decreto Ley 7/1996, de medidas urgentes de carácter fiscal y liberalización de la actividad económica (Art. 20).
    – Ley 10/1996 de 18 de diciembre, de medidas fiscales urgentes sobre la corrección de la doble imposición interna intersocietaria y sobre incentivos a la internacionalización de las empresas (disposición adicional segunda).

    En dónde se marcan sus características principales:
    – Interés variable, que se determina en función de la evolución de la actividad de la empresa prestataria.
    – Es deuda subordinada, es decir, se sitúa después de los acreedores comunes en orden a la prelación de los créditos.
    – Se considera patrimonio contable a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades.
    – Todos los intereses pagados son deducibles del Impuesto de Sociedades.
    – La amortización anticipada del préstamo sólo es posible si se compensa con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios.

    Se puede ver más información en:
    http://www.pacolopez.biz/los-prestamos-participativos-se-han-puesto-de-moda/
    http://foros.emagister.com/tema-prestamo_participativo-13665-203865-1.htm

    Responder
  14. christian erburu
    16 julio, 2008

    Muy útil y drescriptivo. Gracias.

    Responder
  15. 16 julio, 2008

    Hola Carlos,
    Lo cierto es que me has resuelto algunas dudas sobre este tipo de financiación. Pero quiero plantear una pregunta, a ver si alguién se anima a responderme:
    En caso de que no se cumplan a tiempo los hitos marcados para que la entidad inversora haga el siguiente desembolso de cápital, ¿cómo se soluciona esto para evitar una posible falta de liquidez?
    Por ejemplo:
    Desembolso 1: Hito -> Desarrollar el producto
    Desembolso 2: Hito -> Conseguir un determinado número de clientes
    Si se ha conseguido el hito 1, pero el 2 se demora en el tiempo respecto a las previsiones, aunque se progresa en buena linea, ¿existe flexibilidad por parte de la entidad, para realizar, por ejemplo, un desembolso parcial proporcional a lo conseguido?
    Gracias por el post y un saludo!

    Responder
  16. 16 julio, 2008

    Hola Hector

    Lo mejor es que los propios de CAN y La Caixa que están atentos a este post te respondan y digan que hacen en estas situaciones.

    Por mis conocimientos, pienso que son flexibles si se justifica la situación. Pero igual hay otros emprendedores participados que no opinan lo mismo.

    Saludos

    Responder
  17. alex nuñez
    17 julio, 2008

    No es bueno generalizar y cada caso debe estudiarse por separado.
    Lo atractiva de una figura de acompañamiento como es un préstamo participativo es que los hitos se negocian en función de las metas que el plan de negocio marca.
    Si se ha realizado un desembolso y el siguiente hito no se está cumpliendo, habrá que analizar el motivo exacto y en caso de que sea factible la opción es ser lo más flexible posible para seguir apoyando el negocio.

    El problema puede venir cuando ese hito te da pie a pensar que el modelo de negocio no está siendo aceptado como se preveía en un principio. Ya te digo que depende de caso pero puede resultar que una retirada a tiempo sea lo más idóneo para ambas partes.

    Responder
  18. jarmila faktorova
    1 agosto, 2008

    por favor ?se trata de un prestamo exclusivamente espanol, ?cual seria la traduccion de «préstamo participativo» al ingles, frances, …o cualquier otro idioma.
    (soy traductora de Eslovaquia, Bratislava)
    gracias

    Responder
  19. 2 agosto, 2008

    Hola Jarmila

    No se si hay algo parecido en otros idiomas, alguien que domine inglés más que yo igual puede darte la traducción exacta. Según el traductor de google es «equity loans».

    Saludos

    Responder
  20. jarmila faktorova
    3 agosto, 2008

    Muchísimas gracias por la ayuda.
    Jarmila

    Responder
  21. Charles van Costenobel
    20 agosto, 2008

    Buenos días Jarmila,

    En inglés lo traducimos como «convertible loan».

    Un saludo,

    Charles van Costenobel
    EURECAN

    Responder
  22. 16 noviembre, 2008

    Muchas Gracias Carlos! Un articulo exelente y muy informativo para con guiri como yo! Un saludo.

    Responder
  23. laura
    17 noviembre, 2008

    Buenos dias, tengo una pregunta, solo pueden hacer este tipo de prestamos entidades financieras o podria tambien hacerlo un particular?, la ley no dice apenas nada sobre la caracteristicas de este tipo de prestamos…
    gracias

    Responder
  24. Jesus
    20 noviembre, 2008

    ¿Cabe un préstamo parfticipativo sin interés? Estoy pensando en una Administración que, por distintas razones, no quiere ampliar el capital de una sociedad dependiente ni subvencionarla y sin embargo debe financiar unas inversiones de la misma.

    Responder
  25. Antonio
    2 diciembre, 2008

    Me ha resultado muy interesante. Oye, Carlos ¿sabes dónde podría conseguir un modelo ejemplo de préstamo participativo? Gracias.

    Responder
  26. 3 diciembre, 2008

    Hola Antonio

    Dirigete a alguna oficina de CAN para que te informen o mira en su web, en La Caixa date de alta en http://www.EmprendedorXXI.com que es la división donde llevan el tema de Prestamos participativos.

    Saludos

    Responder
  27. Fernando López-Nuño
    9 septiembre, 2009

    Carlos:
    Es un excelente artículo, pero no me una importante duda que tengo.
    Soy abogado en ejercicio y, simplificando, he tenido «relación» con este tipo de préstamos en dos supuestos.
    1.- Sociedad Limitada con un capital mínimo (3.000 euros) y préstamos de inversores, personas físicas, por importe de 2.000.000 de euros. Se trata de una promotora inmobiliaria que inicia la actividad. En el primer año se generan pérdidas por unos 5.000 euros, con lo que el capital se ha reducido en más de la mitad y se entra en causa de disolución con posible resposabilidad del administrador en caso de no convocar la junta para acordar la disolución.
    La Caja xx amenaza al administrador con ir contra él, salvo que los préstamos se conviertan en participativos. Con ello los fondos propios «aumentan» y desaparece la causa de disolución.
    2.- En una situación similar, en otra SL, un prestamista demanda al administrador por la causa anterior (pérdidad superiores al 50% del capital). El préstamo consiste en una entrega de dinero que se recuperará, junto a los beneficios/intereses en forma de x pisos. La promoción se paraliza y alego ante el Jdo. Mercantil de Barcelona correspondiente que al tratarse de un préstamo participativo no se debe devolver nada. Sentencia: no es un préstamo participativo por cuanto ese tipo de préstamos sólo los dan las entidades de capital-riesgo.
    Pregunta: ¿un particular no puede hacer un préstamo participativo?
    Gracias de antemano.

    Responder
  28. Fernando López-Nuño
    22 septiembre, 2009

    Carlos:
    Es un excelente artículo, pero no me resuelve una importante duda que tengo.
    Soy abogado en ejercicio y, simplificando, he tenido “relación” con este tipo de préstamos en dos supuestos.

    1.- Sociedad Limitada con un capital mínimo (3.000 euros) y préstamos de inversores, personas físicas, por importe de 2.000.000 de euros. Se trata de una promotora inmobiliaria que inicia la actividad. En el primer año se generan pérdidas por unos 5.000 euros, con lo que el capital se ha reducido en más de la mitad y se entra en causa de disolución con posible resposabilidad del administrador en caso de no convocar la junta para acordar la disolución.

    La Caja xx amenaza al administrador con ir contra él, salvo que los préstamos se conviertan en participativos. Con ello los fondos propios “aumentan” y desaparece la causa de disolución.

    2.- En una situación similar, en otra SL, un prestamista demanda al administrador por la causa anterior (pérdidad superiores al 50% del capital). El préstamo consiste en una entrega de dinero que se recuperará, junto a los beneficios/intereses en forma de x pisos. La promoción se paraliza y alego ante el Jdo. Mercantil de Barcelona correspondiente que al tratarse de un préstamo participativo no se debe devolver nada. Sentencia: no es un préstamo participativo por cuanto ese tipo de préstamos sólo los dan las entidades de capital-riesgo.

    Pregunta: ¿un particular no puede hacer un préstamo participativo?

    Gracias de antemano.

    Responder
  29. Asun
    6 noviembre, 2009

    ¿Puede conceder una administración pública un préstamo participativo sin interés a una empresa pública? ¿Los préstamos participativos deben tener interés?

    Responder
  30. 21 marzo, 2010

    Hola Carlos,

    acabo de publicar una noticia sobre préstamos participativos en mi blog de SegurosEmpresas con un enlace a este artículo tuyo, que es de interés en la materia.

    Os dejo aquí el enlace:
    http://segurosparaempresa.com/linea-enisa-de-prestamos-participativos-sin-aval-para-jovenes-emprendedores.html

    Responder
  31. Niko
    13 abril, 2010

    Muchas gracias, me tenía que hacer una idea de qué es un préstamo participativo y la explicación es breve, clara y concisa.
    Muchas gracias de nuevo.

    Responder
  32. 9 mayo, 2010

    Buscando en varios motores de búsqueda, los encontré a ustedes, y Felicitaciones por este artículo esta sencillamente interesante

    Responder
  33. julio baquero
    5 junio, 2010

    he visto, en esta interesante información, una duda repetida que no se contesta, y es si existe la posibilidad de que sean particulares personas fisicas los prestamistas de este tipo de Prestamos participativos. Espero información. Gracias

    Responder
  34. Javier Pérez
    11 junio, 2010

    Interesados en la pregunta de Julio Baquero y Fernando López-Nuño quizás os interese consultar la página 9 del siguiente documento de José Luis Colino Mediavilla http://eprints.ucm.es/7644/1/Pr%C3%A9stamoparticipativo-E-PRINT.pdf

    Responder
  35. Juan Funes Gallego
    16 julio, 2010

    Una empresa promotora, que solamente tiene como deuda la financiación hipotecaria y le queda un año de carencia para ventas, con producto de excelente calidad y viabilidad, ¿puede ser interesante para un crédito participativo, saldándo absolutamente cualquier deuda del tráfico normal de proveedores, teniendo en cuenta como digo,que no tiene obligaciones que no sean exclusivmanete las derivadas del proyecto?.

    La zona,calidades, etc.son de excelente ubicación y mantienen un valor de venta en las viviendas, con un diferencial entre la hipoteca del banco financiador y la cantidad real de venta entre 80/90.000 euros. Vamos que es un producto con valor añadido real en mercado. interesante pese a la crisis.

    Responder
  36. j
    6 octubre, 2010

    Hola Carlos, podrías explicar más detalladamente la solución a este caso?

    «CAN suele prefijar el % y aunque entren socios a valoración superior, el contrato indica que tiene que desembolsarse N % de la empresa. Eso puede ser un problema en inversores en rondas posteriores, aunque la solución es reservar esas acciones y en caso de que no conviertan dejarlo en autocartera.»

    Gracias.

    Responder
  37. MIRLAA
    19 octubre, 2010

    NECESITO UN CREDITO PARTICIPATIVO PERO ESTOY EN VENEZUELA…DIGAME SE PUEDE SOLICITAR?…QUE DEBO HACER?

    Responder
  38. 11 junio, 2013

    Aportamos otro artículo sobre préstamos participativos

    http://www.profesionales-asociados.com/prestamos-participativos/

    Responder

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